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sábado, 15 de septiembre de 2012

Qué es una embajada y un consulado y qué funciones tiene con los ciudadanos en el exterior

EMBAJADA Y CONSULADO 

A la hora de planificar un viaje al exterior, no hay que olvidarse de averiguar los datos (direcciones y teléfonos) de las Embajadas y Consulados del país de origen, ubicados en el país que se planea visitar. Muchas veces, ante algún problema, puede resultar muy útil contactarse con el consulado o con la embajada, para recibir protección y asistencia.
La función de los consulados y de las embajadas es bastante desconocida por el común de la gente, sin embargo, desempeñan una tarea muy importante vinculada con la asistencia al turista o al residente, que básicamente consiste en:
Permitir a los ciudadanos del país de origen que viajan al extranjero, contar con ciertas garantías de protección y asistencia. 
En la capital de cada país, se encuentran las embajadas de los demás países, constituyendo la representación diplomática de un gobierno en el extranjero, y resultando de gran ayuda para los turistas, ante los imprevistos que puedan surgir durante un viaje. 
Hay que tener en cuenta, que algunos países no cuentan con embajadas y consulados en la totalidad de los países restantes. Por eso, existiendo la posibilidad de elegir el destino, es preferible asegurarse de que el país elegido cuente con una embajada o un consulado del país de origen; o averiguar si existe algún acuerdo de protección consular reciproca con otros países; de manera que, los ciudadanos que se encuentren en un país donde su propio país no tiene embajada o misión consular, puedan recibir asistencia y protección por medio de los agentes consulares de los otros países miembros del acuerdo. (Ejemplo: MERCOSUR o Unión Europea)
Las funciones básicas de un consulado relacionadas con la asistencia al turista son:
* Brindar información y orientación sobre temas jurídicos, médicos y notariales.
* Otorgar y renovar pasaportes y otros documentos oficiales.(en caso de robo o perdida)
* Garantizar que las autoridades locales respeten sus derechos en caso de detención judicial.
* Contactar y asesorar a familiares o allegados en situaciones conflictivas. (accidentes, fallecimiento etc.)
* Funcionar como destino postal para la correspondencia privada de los turistas.
Si bien no existe nada que elimine por completo al "Jet Lag", le aconsejamos tomar algunas medidas, para reducir al mínimo sus efectos y para acelerar los procesos de
Recuperación.
· Duerma bien antes de iniciar su viaje.
· Manténgase hidratado tomando suficiente bebidas durante el vuelo. (evitando bebidas alcohólicas y con cafeína)
· Evite el cigarrillo
· Coma poco antes y durante el viaje. Conviene que las comidas sean altas en proteínas y bajas en grasas.
· Modifique su reloj con la hora de su destino durante el vuelo, de esta manera comenzara a ajustarse psicológicamente a la nueva zona horaria.
· Tome el primer día después del vuelo con calma.
· Trate de adaptarse al nuevo horario respetando los rutinas locales de comidas, vigilia y sueño.(ej. si llega de día, aunque este cansado, no se acueste a dormir

requisitos para pedir la visa americana en colombia


Solicitud visa menor de 14 años:
Solicitantes menores de 14 años de edad, si cumplen con todos los siguientes requisitos:

Los dos padres poseen visa B-1/B-2 por cinco años, múltiples entradas y con una validez mínima de seis meses.
Al solicitante nunca se le ha negado una visa.
Los padres están legalmente casados (la unión libre no califica)Documentos requeridos:Pasaporte con vigencia minima de 6 meses.
Formulario dilgienciado en linea en la pagina web https://ceac.state.gov/genniv/ 2 Fotografias de 5x5 a color fondo blanco, de frente, sin aretes ni gafas y con la cara totalmente despejada.
Pasaportes vigentes de papa y mama con la visa americana vigente.
Copia autenticada del registro de nacimiento (folio del Registro Civil de Nacimiento) y registro de matrimonio de los padres. Estos dos registros deben haber sido expedidos dentro de los últimos tres meses. Deben tener anotacion de que es fiel copia del original que reposa en la notaria y debe ser firmado por el notario


Solicitud visa plan canitas:
Solicitantes mayores de 80 años de edad, si cumplen con todos los siguientes requisitos:

Al solicitante nunca se le ha negado una visa o se le ha aprobado una visa después de la negación anterior.
El solicitante nunca ha infringido los términos de la visa.
Tener un familiar en primer grado residiendo legalmente en los Estados Unidos.Documentos Requeridos:Pasaporte con vigencia minima de 6 meses.
Formulario DS-156 totalmente diligenciado. En la pregunta 8 en el caso de las mujeres se debe colocar los apellidos de soltera.
Formulario DS-157 totalmente diligenciado.
2 Fotografias de 5x5 a color fondo blanco, de frente, sin aretes ni gafas y con la cara totalmente despejada.
Evidencia del estatus de residente legal (por ejemplo, copia de la tarjeta de residente) o de ciudadanía norteamericana (por ejemplo, pasaporte estadounidense o Certificado de Naturalización) del familiar inmediato (hermano, hermana, padre, madre, hijo, hija) que reside en los Estados Unidos y evidencia del parentesco entre el solicitante y el familiar inmediato (por ejemplo, certificado de nacimiento).El valor de la visa es $288.200


SOLICITUD DE VISA DE TURISMO CON PRESENTACION PERSONAL
1- Obtener un Número de Identificación Personal:
Un Número de Identificación Personal (PIN) es necesario para contactar al Servicio de Información de Visas, a menos que usted esté llamando desde los Estados Unidos. Exiten dos clases de PINes, un PIN de 15 minutos por un valor de $36.500 y un PIN de 20 minutos por un valor de $48.700.
El PIN se activa 24 horas después de haber sido comprado. El PIN de 15 minutos le permite programar su cita y la de cuatro familiares inmediatos, que residan con usted y/o dependan económicamente de usted (cónyuge, padres, hijos, hermanos o hermanas). El PIN de 20 minutos está diseñado para cualquier otro tipo de circunstancias (es decir, individuos/familias que soliciten otro tipo de visa).
El PIN se puede obtener personalmente en cualquier sucursal del Banco Colpatria (únicamente en efectivo). En los cajeros los cajeros automaticos de la Red Multibanca o en la pagina de internet del Banco Colpatria, si usted es cliente de cualquiera de los siguientes bancos: AV Villas, Banco Colpatria, Banco Davivienda, Banco de Bogotá, Banco de Crédito, Banco de Occidente, Banco Popular, Banco Santander, Banco Sudameris, Banco Tequendama, Banco Unión Colombiano, Bancolombia, BBVA, Caja Social, Colmena, CONAVI, Granahorrar, Granbanco o Megabanco
2-Solicitar la cita


El Centro de Información de Visas, cuenta con operadores de lunes a viernes (incluyendo la mayoría de los festivos estadounidenses y colombianos) de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., programa la mayoría de las citas para visa de no-inmigrante y responde preguntas generales sobre visa. Para contactar el Centro de Información de Visa, las personas que llamen desde Colombia deben obtener un Número de Identificación Personal (PIN). Una vez adquirido el PIN, deberán marcar 346-9150 (en Bogotá) ó 01-8000-12-32-32 (en Colombia pero fuera de Bogotá).
Si usted tiene una emergencia que no le permite esperar por una cita normal, por favor explique su situación y solicite una cita de emergencia en el momento de contactar el Centro de Información de Visas. Las citas de emergencia son otorgadas de acuerdo a cada caso en particular
3-Cancelar el valor no reembolsable correspondiente a la solicitud de visa

Una vez usted haya programado su cita, deberá cancelar el valor no reembolsable correspondiente a la solicitud de visa. El pago es el equivalente a US$131 en pesos colombianos ($288.200)
Para cancelar este valor, diríjase personalmente a cualquier oficina autorizada del Banco de Crédito. Asegúrese de llevar completamente diligenciado el Formulario DS-156 (Solicitud de Visa de No-Inmigrante) al Banco de Crédito en el momento de realizar el pago. El Banco de Crédito pegará un recibo de código de barras en su pasaporte y marcará su Formulario DS-156 con un número de folio. Usted deberá retirar de su pasaporte la última parte del recibo de código de barras y colocarlo al final de la segunda página de su Formulario DS-156. Por favor no remueva las otras dos partes del recibo de código de barras de su pasaporte, de lo contrario usted no podrá presentarse para solicitar su visa.
Usted deberá presentar en la Unidad de Visa de No-Inmigrante la misma copia del Formulario DS-156 que presentó en el Banco en el momento de cancelar el valor correspondiente a la solicitud de visa.
4-Entrevista Personal con un Oficial Consular
La fecha y hora de la entrevista aparecen en el recibo de código de barras otorgado por el Banco de Crédito.
El día de la entrevista, el solicitante deberá llegar a la Embajada 30 minutos antes de la hora establecida para la entrevista. Los solicitantes que lleguen tarde no serán atendidos y deberán contactar al Centro de Información de Visas para solicitar una nueva fecha de entrevista.Todo solicitante de visa B-1/B-2 debe presentar los siguientes documentos:Pasaporte con una validez mínima de 6 meses. Formulario DS-156 (Solicitud de Visa de No-Inmigrante) completamente diligenciado y firmado por el solicitante.
Para los solicitantes mayores de 14 años de edad y menores de 80 años de edad, formulario DS-157 (Solicitud Suplementaria de Visa de No-Inmigrante) completamente diligenciado y firmado por el solicitante.
2 Fotografias de 5x5 a color fondo blanco, de frente, sin aretes ni gafas y con la cara totalmente despejada.
Documento de identificación (cédula de ciudadanía) para los ciudadanos colombianos mayores de 18 años de edad, visa de residencia para extranjeros mayores de 18 años que residan en Colombia, o tarjeta de identidad para ciudadanos colombianos menores de 18 años de edad. Si usted acaba de cumplir la mayoría de edad y no ha recibido su cédula de ciudadanía, deberá presentar el comprobante expedido por la Registraduría junto con la correspondiente anotación en su pasaporte. Para los solicitantes menores de 14 años de edad, copia autenticada del registro de nacimiento (folio del Registro Civil de Nacimiento)
Los siguientes son una serie de documentos sugeridos que usted puede presentar como soporte de su solicitud de visa. Sin embargo, por favor tenga en cuenta que estos documentos no garantizan la emisión de una visa. Por favor lea la lista cuidadosamente y, si usted decide presentar alguno de estos documentos, por favor presentar únicamente los que se relacionan con su caso en particular. De ser posible, presente documentos originales. Esta lista no es una lista exclusiva. Usted puede presentar todos los documentos que considere relevantes para su caso. Los documentos de los Estados Unidos, tales como cartas de invitación, evidencia de que usted tiene una cita de negocios en los Estados Unidos, etc., pueden ser útiles para aclarar las razones de su viaje pero no son tan importantes como aquellos que demuestren sus vínculos económicos, sociales, familiares y profesionales con Colombia.

Documentos relacionados con su empleo, tales como: carta de su empleador, en donde se especifique su cargo: tiempo de servicio, salario mensual, cuántos días le han otorgado para su viaje, recibos de pago.
Documentos relacionados con su situación financiera, tales como: extractos bancarios originales de los últimos meses escrituras de las propiedades que posea documentación sobre pago de impuestos en Colombia, registro de cámara de comercio, etc.
Documentos relacionados con sus vínculos familiares, tales como: copias autenticadas de registros de nacimiento y matrimonio, expedidos dentro de los últimos tres meses. Copias autenticadas de registros de bautismo y certificados religiosos de Matrimonio, expedidos dentro de los últimos tres meses.

tramite para pasaportes

PASAPORTE ORDINARIO
El pasaporte ordinario consta de treinta y dos (32) páginas y su vigencia será de 10 años.
TRAMITE MAYORES DE EDAD.

  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos,  registren sus huellas y su  firma.
  • Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (Amarilla con Hologramas)
En los casos en que el solicitante del pasaporte NO cuente con la cédula de ciudadanía en formato válido, podrá solicitar el pasaporte con los siguientes documentos de acuerdo a la situación particular de cada usuario:
 a. Contraseña por primera vez o rectificación expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe ir con fotografía y huella. Acompañada del Registro Civil copia auténtica expedida por la oficina de inscripción.                                                                                                                                                                                                 b. Comprobante en trámite de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía acompañado de la consulta en línea de la fecha de expedición de la cédula que se puede descargar a través de la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene.
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación del solicitante sobre tal circunstancia al oficial de servicio en la oficina de expedición, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
TRAMITE PARA MENORES DE EDAD
El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal. Si éstos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán designar a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente: Si los padres o su representante legal se encuentran en territorio nacional la autorización deberá efectuarse mediante poder especial autenticado ante notario público, o si se encuentran en el exterior, mediante poder especial legalizado ante el cónsul de Colombia, o si se encuentra en el exterior donde no exista consulado de Colombia, mediante poder especial otorgado ante la autoridad competente con presentación personal debidamente apostillado o legalizado.
Este documento se deberá presentar para la solicitud de expedición y para la entrega del pasaporte.
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos,  registren sus huellas y su  firma.
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento del menor, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
  • Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación de los padres del menor o su representante legal  sobre tal circunstancia, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.  
Tenga en cuenta lo siguiente:
Entre los 7 (siete) a los 17 (diecisiete) años de edad:
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
  • Presentar tarjeta de identidad original o contraseña de la tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
LUGAR DE EXPEDICIÓN 
BOGOTÁ D.C.: Ministerio de Relaciones Exteriores, Bogotá D.C.
  • Pasaportes Sede Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100.
     
  • Pasaportes Sede Calle 53: Calle 53 No 10-60/46 Piso 2.
Horario de atención al público:
  • Para expedición Lun-Vie de 8:00 am a 3:00 pm.
  • Para entrega de pasaportes Lun-Vie de 9:00 am a 4:00 pm.
Para reclamar su pasaporte:
  • El titular deberá presentarse con su documento de identificación original y el comprobante de pago para reclamar su pasaporte.
     
  • Para reclamar el pasaporte de un menor de edad, podrá ser retirado por el padre, madre, representante legal o apoderado con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud, mediante la presentación del documento de identificación del mayor de edad, el registro civil de nacimiento del menor o la tarjeta de identidad, según sea el caso, acompañado del recibo de pago. Adicional a esto, si el trámite lo realizo un menor de edad acompañando de un apoderado, esté deberá presentar el documento que lo acredita como tal, en el momento de  la solicitud y de la entrega del pasaporte.
Valor: $131.000



PASAPORTE EJECUTIVO
El pasaporte ejecutivo consta de cuarenta y ocho (48) páginas y su vigencia será de 10 años.
TRAMITE MAYORES DE EDAD 

  • Diligenciar la solicitud por medio electrónico, lo cual es recomendable para facilitar el trámite de expedición del mismo.
     
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos, registren sus huellas y su firma.
     
  • Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (Amarilla con Hologramas)
En los casos en que el solicitante del pasaporte NO cuente con la cédula de ciudadanía en formato válido, podrá solicitar el pasaporte con los siguientes documentos de acuerdo a la situación particular de cada usuario:
  • Contraseña por primera vez o rectificación expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe ir con fotografía y huella. Acompañada del Registro Civil copia auténtica expedida por la oficina de inscripción.
     
  • Comprobante en trámite de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía acompañado de la consulta en línea de la fecha de expedición de la cédula que se puede descargar a través de la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene.
     
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación del solicitante sobre tal circunstancia al oficial de servicio en la oficina de expedición, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin. 
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
TRAMITE PARA MENORES DE EDAD 
El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal. Si éstos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán designar a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente: Si los padres o su representante legal se encuentran en territorio nacional la autorización deberá efectuarse mediante poder especial autenticado ante notario público, o si se encuentran en el exterior, mediante poder especial legalizado ante el cónsul de Colombia, o si se encuentra en el exterior donde no exista consulado de Colombia, mediante poder especial otorgado ante la autoridad competente con presentación personal debidamente apostillado o legalizado.
Este documento se deberá presentar para la solicitud de expedición y para la entrega del pasaporte.
  • Diligenciar la solicitud por medio electrónico, lo cual es recomendable para facilitar el trámite de expedición del mismo.
     
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos, registren sus huellas y su firma.
     
  • Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
     
  • Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
     
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación de los padres del menor o su representante legal sobre tal circunstancia en la oficina expedidora, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
     
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.
Tenga en cuenta lo siguiente:
Entre los 7 (siete) a los 17 (diecisiete) años de edad:
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
     
  • Presentar tarjeta de identidad original en caso de no tenerla, deberá presentar la contraseña de la tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Tenga en cuenta que usted NO debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
LUGAR DE EXPEDICIÓN EN BOGOTA 
  • Para expedición Lun-Vie de 8:00 am a 3:00 pm.
  • Para entrega de pasaportes Lun-Vie de 9:00 am a 4:00 pm.
Para reclamar su pasaporte:
  • El titular deberá presentarse con su documento de identificación original y el comprobante de pago para reclamar su pasaporte.
     
  • Para reclamar el pasaporte de un menor de edad, podrá ser retirado por el padre, madre, representante legal o apoderado con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud, mediante la presentación del documento de identificación del mayor de edad, el registro civil de nacimiento del menor o la tarjeta de identidad, según sea el caso, acompañado del recibo de pago. Adicional a esto, si el trámite lo realizo un menor de edad acompañando de un apoderado, esté deberá presentar el documento que lo acredita como tal, en el momento de  la solicitud y de la entrega del pasaporte.
Valor: $219.000


PASAPORTE DE EMERGENCIA
La libreta consta de ocho (8) páginas y la vigencia será de siete (7) meses.

TRAMITE PARA MAYORES DE EDAD


  • Diligenciar la solicitud por medio electrónico, lo cual es recomendable para facilitar el trámite de expedición del mismo.
     
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos, registren sus huellas y su firma.
     
  • Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (Amarilla con Hologramas)
En los casos en que el solicitante del pasaporte NO cuente con la cédula de ciudadanía en formato válido, podrá solicitar el pasaporte con los siguientes documentos de acuerdo a la situación particular de cada usuario:
  • Contraseña por primera vez o rectificación expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe ir con fotografía y huella. Acompañada del Registro Civil copia auténtica expedida por la oficina de inscripción.
     
  • Comprobante en trámite de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía acompañado de la consulta en línea de la fecha de expedición de la cédula que se puede descargar a través de la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene.
     
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación del solicitante sobre tal circunstancia al oficial de servicio en la oficina de expedición, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
     
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
TRAMITE PARA MENORES DE EDAD
El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal. Si éstos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán designar a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente: Si los padres o su representante legal se encuentran en territorio nacional la autorización deberá efectuarse mediante poder especial autenticado ante notario público, o si se encuentran en el exterior, mediante poder especial legalizado ante el cónsul de Colombia, o si se encuentra en el exterior donde no exista consulado de Colombia, mediante poder especial otorgado ante la autoridad competente con presentación personal debidamente apostillado o legalizado.
Este documento se deberá presentar para la solicitud de expedición y para la entrega del pasaporte.
  • Diligenciar la solicitud por medio electrónico, lo cual es recomendable para facilitar el trámite de expedición del mismo.
     
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos, registren sus huellas y su firma.
  • Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
  • Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
     
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación de los padres del menor o su representante legal sobre tal circunstancia en la oficina expedidora, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
     
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.
Tenga en cuenta lo siguiente:
Entre los 7 (siete) a los 17 (diecisiete) años de edad:
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
     
  • Presentar tarjeta de identidad original en caso de no tenerla, deberá presentar la contraseña de la tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Tenga en cuenta que usted NO debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.
LUGAR DE EXPEDICIÓN EN BOGOTA 
Ministerio de Relaciones Exteriores, Bogotá D.C.
  • Pasaportes Sede Calle 53: Calle 53 No 10-60/46 Piso 2.
  • Pasaportes Sede Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100
Horario de atención al público:
  • Para expedición Lun-Vie de 8:00 am a 3:00 pm.
  • Para entrega de pasaportes Lun-Vie de 9:00 am a 4:00 pm.
Para reclamar su pasaporte:
  • El titular deberá presentarse con su documento de identificación original y el comprobante de pago para reclamar su pasaporte.
     
  • Para reclamar el pasaporte de un menor de edad, podrá ser retirado por el padre, madre, representante legal o apoderado con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud, mediante la presentación del documento de identificación del mayor de edad, el registro civil de nacimiento del menor o la tarjeta de identidad, según sea el caso, acompañado del recibo de pago. Adicional a esto, si el trámite lo realizo un menor de edad acompañando de un apoderado, esté deberá presentar el documento que lo acredita como tal, en el momento de  la solicitud y de la entrega del pasaporte. 
Valor: $150.000











tramite para viajar con niños fuera de colombia


  • En primer lugar se debe presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace o documento de identidad, según el caso. También es necesaria la visa o el permiso vigente según el caso y el registro civil.
  • Se necesita permiso de salida del padre o los padres que no van a viajar con los menores.
  • En el permiso debe aparecer la fecha de salida y de regreso, el objetivo del viaje y con quién viaja. El permiso debe estar autenticado ante notario público si el padre o la madre que autoriza la salida, está en Colombia. Si está en el exterior, se debe autenticar ante el consulado colombiano. En caso de no tener acceso a un consulado colombiano, el permiso debe estar diligenciado en español, se debe suscribir ante un notario público, se debe apostillar y siempre debe ser original.
  • Cuando uno de los padres esté fallecido, se debe presentar certificado de defunción del mismo, si los dos padres están fallecidos, lo que se debe presentar es el permiso de salida suscrito por el representante legal o el tutor del menor. Para los menores adoptados, se debe presentar la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
  • Si los padres del menor están en conflicto, un Juez de familia deberá otorgar el permiso que se debe presentar. En caso de que la Patria Potestad del menor esté en cabeza de uno de los padres, se debe presentar la copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
  • Si el menor de edad tiene la doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).
  • El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgará el permiso de salida del menor, cuando el destino de los padres o de uno de ellos es desconocido cuando el menor carece de representante legal o cuando el padre o los padres no están en condiciones de otorgar esta autorización.
  • Recuerde que NO ES NECESARIO dejar una copia del registro civil al oficial de migración, pero si se debe presentar para corroborar el grado de parentesco con el menor, cuando este viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano (Con zona de lectura mecánica).
Países miembros de Mercosur 
 
Si el viaje es a un país miembro de Mercosur, los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente.
 
Países miembros de la CAN
Si los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia van a viajar a un país miembro de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, deben presentar el Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace o documento de identidad según el caso, el registro civil y el permiso de salida suscrito por el o los padres que no viajen con el infante o adolescente. 
 
Recomendaciones para viajeros internacionales
 
Las autoridades recomiendan a las personas que tengan previsto salir de Colombia, por cualquiera de los puntos de migración existentes en el país, presentar la cédula de ciudadanía y el pasaporte vigente con la visa vigente exigida para el país de destino.
 
Para viajar a Venezuela por vía terrestre se debe presentar el pasaporte con visa de ingreso a ese país. Si es por vía aérea, debe presentar una reserva hotelera o una carta de invitación.
 
Para viajar al Ecuador, es exigible la presentación en ese país del Certificado Judicial.
 
Si se pretende viajar como turista a los países de Mercosur, excepto Venezuela, se debe presentar la cédula de ciudadanía colombiana.
 
Si el viajero tiene o ha tenido inconvenientes judiciales, debe hacer los trámites y solicitar las certificaciones respectivas ante las autoridades competentes y radicarlos ante Migración Colombia con la debida anticipación. 
 
También se recomienda realizar el proceso de chequeo en la empresa aérea, tres horas antes de la salida del vuelo, para así poder ingresar a la zona de migración con la mayor antelación posible.

Documentación requerida en el país y en exterior

VUELOS NACIONALES 
necesita su identificación ( cédula o tarjeta de identidad) y si es para un bebe tiene que tener el registro civil o el carnet de vacunacion.

VUELOS INTERNACIONALES
a) Pasaporte, individual o colectivo, válidamente expedido y en vigor. Los menores de dieciséis años podrán figurar incluidos en el pasaporte de su padre, madre o tutor, cuando tengan la misma nacionalidad del titular del pasaporte

b) Título de viaje, válidamente expedido y en vigor.

c) Documento nacional de identidad, cédula de identificación o cualquier otro documento que acredite su identidad y que se considere válido para la entrada en territorio español, o en otro territorio.

Tanto los pasaportes como los títulos de viaje y demás documentos que se consideren válidos deberán estar expedidos por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia de sus titulares o por las Organizaciones Internacionales habilitadas para ello por el Derecho Internacional y contener, en todo caso, datos suficientes para la determinación de identidad y nacionalidad de los titulares.

domingo, 9 de septiembre de 2012

RASTREO DE EQUIPAJE

Es un servicio computarizado que ofrecen algunas aerolineas, para localizar las maletas en caso de extravio y regresarlas rapidamente al lugar de destino del viajero. Solo es necesario ingresar los datos al sistema (nombre del viajero, codigo de registro del equipaje), esto genera un codigo que al ingresarlo ubica el estado de la maleta.

PERDIDA DE EQUIPAJE

Lo primero que hay que hacer ante esta problemática con nuestro equipaje será acudir al mostrador correspondiente de la compañía aérea y rellenar un impreso que se denomina Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), en el deberá hacerse constar el tipo de incidencia de que se trate, destrucción, daño, perdida, o demás.
Luego se procede la presentación del oportuno reclamo. Si lo que se ha producido es un daño o destrucción del equipaje deberá presentarse desde que se conozca el daño y en todo caso antes de 7 días. Cuando se trate de retraso en la entrega del equipaje, se dispondrá de 21 días a partir de la entrega del equipaje para formular el reclamo (art. 31 del Convenio de Montreal). Si transcurridos 21 días tras la cumplimentación del PIR aún no ha recibido el equipaje, podrá reclamar por la pérdida del mismo.
La responsabilidad de la compañía aérea está fijada en los artículos 17 y 19 del citado convenio de Montreal. El primero dispone que ésta es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado.

PENALIDADES POR EXCESO DE EQUIPAJE

Cada línea aérea tiene un tarifario propio que varía según la ruta y la categoría del pasaje. Sin embargo, existe una reglamentación general de la Organización de Aviación Civil Internacional (ICAO, en inglés) que habilita a cada pasajero de clase económica a volar con dos valijas de hasta 22 kilos (50 libras). En clase ejecutiva o en primera se pueden despachar hasta 32 kilos por bulto. Por el excedente de peso, tamaño o cantidad de piezas se cobra un adicional que puede oscilar entre 50 y 300 dólares, según la ruta y la aerolínea. El equipaje de mano no puede superar los 10 kilos y los 115 cm perimetrales.
Cómo las multas por exceso de equipaje varían según la ruta, la clase o la compañía, lo ideal es llamar al servicio de atención al cliente de la aerolínea antes de viajar. La consulta puntual puede demorar algunos minutos, pero anticipa la solución a un posterior problema a la hora de hacer el check-in.